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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales (LME), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que en fecha 11 de Enero de 2018, la Sociedad FRANCISCO SALAS E HIJOS, S.L. celebró una Junta Universal en la que por unanimidad, se aprobó la segregación de una rama de actividad de FRANCISCO SALAS E HIJOS, S.L., que traspasará sin extinguirse, una parte de su patrimonio social, el cual forma una unidad económica independiente, a favor de la sociedad de nueva creación AD SALAS AUTOMOCION, S.L., quien adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado, en los términos y condiciones previstos en el proyecto de segregación aprobado.
Se hace constar que el proyecto de segregación aprobado incluye el listado de los elementos de activo y pasivo que componen la unidad de negocio que se segrega a favor de la Sociedad beneficiaria de nueva creación.
El proyecto de segregación y los demás documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la LME, se han puesto a disposición de los socios y de los representantes de los trabajadores pare su examen en el domicilio social de FRANCISCO SALAS E HIJOS, S.L., o se les entregarán a su solicitud.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación aprobado. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición a la segregación que asiste a los acreedores de las sociedades participantes dentro del plazo del artículo 44 de la LME.
Almería, 11 de enero de 2018.- Francisco Jose Salas Navarro, Administrador Solidario de Francisco Salas e Hijos, S.L.
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