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Documento BORME-C-2017-9234

GINLONG, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FIGUEROLA 46-GUELL 10, S.L.U.
AGUSPI, S.L.
ALECANRA, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 10658 a 10658 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9234

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que, el día 15 de noviembre de 2017, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de GINLONG, S.L., Sociedad absorbente, así como las Juntas Generales Extraordinarias Universales de Socios de FIGUEROLA 46-GUELL 10, S.L.U.; AGUSPI, S.L.; ALECANRA, S.L., Sociedades absorbidas, han acordado por unanimidad, todas ellas, la fusión de las mencionadas Sociedades mediante la absorción por parte de GINLONG, S.L., Sociedad absorbente, de FIGUEROLA 46-GUELL 10, S.L.U.; AGUSPI, S.L.; ALECANRA, S.L., Sociedades absorbidas, con la transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la Sociedad absorbente, y disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión de fecha 15 de noviembre de 2017.

En el marco de dicha operación de fusión GINLONG, S.L., Sociedad absorbente, ha procedido a aumentar su capital social en la cifra de TRESCIENTOS SESENTA EUROS (360,00 euros), mediante la creación de 360 nuevas participaciones sociales de UN EURO (1,00 euro) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 44.784 a la 45.143, ambos inclusive, con una prima de asunción total de 249.235,20 euros, correspondiendo un valor de 692,32 Euros a la prima de asunción de cada una de las nuevas participaciones creadas, como consecuencia de la incorporación del patrimonio de las Sociedades absorbidas, FIGUEROLA 46-GUELL 10, S.L.U.; AGUSPI, S.L.; ALECANRA, S.L.

De conformidad con lo establecido en el mencionado artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los Socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los respectivos Balances de fusión, así como del derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Barcelona, 15 de noviembre de 2017.- Cristina Rillo Peralta, Administrador úÚnico de la entidad Ginlong, S.L., Sociedad absorbente. Cristina Rillo Peralta en representación de Ginlong, S.L., Administrador úÚnico de la entidad Figuerola 46-Guell 10, S.L.U.,úÚnico de la entidad Aguspi, S.L., Sociedad absorbida. Cristina Rillo Peralta, Administrador único de la entidad Alecanra, S.L., Sociedad absorbida.

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