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Documento BORME-C-2017-9202

CONSTRUCCIONES MELERO, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
MELERO INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
MELELLADO 2017, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 10624 a 10624 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9202

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y demás disposiciones aplicables, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la compañía CONSTRUCCIONES MELERO, S.L. (Sociedad Escindida), celebrada en fecha 6 de noviembre de 2017, ha acordado, por unanimidad, aprobar la escisión total de la Sociedad Escindida, mediante la división de su patrimonio en dos partes, y su traspaso en bloque, a favor, de las siguientes sociedades de nueva constitución: MELERO INVERSIONES, S.L. (Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación) y MELELLADO 2017, S.L. (Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación), todo ello conforme al Proyecto de Escisión formulado por los Administradores Solidarios de la Sociedad Escindida.

Dichas Sociedades Beneficiarias se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la escisión total, todo ello previa disolución sin liquidación de la Sociedad Escindida, adquiriendo las Sociedades Beneficiarias por sucesión universal la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones integrantes de la parte del patrimonio escindido que respectivamente se les ha atribuido.

Asimismo, se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los Socios y Acreedores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, de oponerse a la escisión total en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión total.

Jaén, 6 de noviembre de 2017.- Los Administradores solidarios, Silvia Melero Mellado y Javier Melero Sánchez.

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