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Documento BORME-C-2017-9200

SERTEGO SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE)
URBAMAR LEVANTE RESIDUOS INDUSTRIALES, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE Y ABSORBIDA),
SALINS RESIDUOS AUTOMOCIÓN, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 10621 a 10622 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9200

TEXTO

ANUNCIO DE FUSIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que los socios únicos de las Sociedades Absorbentes citadas en el encabezamiento, han decidido aprobar el día 13 de noviembre de 2017 la fusión de las referidas sociedades que se efectúa mediante la absorción por "Sertego Servicios Medioambientales, S.L. Sociedad Unipersonal" de las sociedades "Urbamar Levante Residuos Industriales, S.L. Sociedad Unipersonal" (Sociedad Absorbente y Absorbida) y "Salins Residuos Automoción, S.L. Sociedad Unipersonal" (Sociedad Absorbida).

La fusión, que se efectúa de forma simultánea, se realiza no obstante en el siguiente orden: (i) "Salins Residuos Automoción, S.L. Sociedad Unipersonal", es absorbida por "Urbamar Levante Residuos Industriales, S.L. Sociedad Unipersonal" (titular directa del 100% del capital social de esta sociedad), (ii) a su vez "Urbamar Levante Residuos Industriales, S.L. Sociedad Unipersonal" es absorbida por "Sertego Servicios Medioambientales, S.L. Sociedad Unipersonal" (titular directa del 100% del capital social de esta sociedad).

La fusión se efectúa mediante disolución sin liquidación y consecuente extinción de las Sociedades Absorbida, adquiriendo la Sociedad Absorbente resultante ("Sertego Servicios Medioambientales, S.L. Sociedad Unipersonal"), por sucesión universal, el patrimonio de las Sociedades Absorbidas, sin que se produzca aumento de capital al amparo de lo dispuesto en el artículo 49.1.3º de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles; todo ello, en los términos del Proyecto común de Fusión Especial elaborado en fecha 29 de junio de 2017 por todos los órganos de administración de las referidas Sociedades intervinientes en dicho proceso y que fue debidamente depositado en fecha 11 de octubre de 2017 y en fecha 27 de octubre de 2017 en los Registros Mercantiles de Madrid y Valencia, respectivamente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.4.ª de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que el acuerdo de fusión ha sido adoptado exclusivamente por el Socio Único de las sociedades absorbentes en el proceso de fusión ("Sertego Servicios Medioambientales, S.L. Sociedad Unipersonal" y "Urbamar Levante Residuos Industriales, S.L. Sociedad Unipersonal"), sin haber sido necesario el acuerdo de fusión del Socio Único de "Salins Residuos Automoción, S.L. Sociedad Unipersonal". Asimismo y al amparo de lo dispuesto en el artículo 36 del citado texto legal, se han considerado como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2016.

Se hace constar el derecho de los socios, de los representantes de los trabajadores y de los acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el Proyecto común de Fusión Especial, el texto íntegro de los acuerdos adoptados, los estatutos sociales de la Sociedad Absorbente, así como los balances de fusión aprobados que se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Asimismo se hace constar el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, conforme a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. Para ejercitar el derecho de oposición, los acreedores disponen del plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 15 de noviembre de 2017.- Carlos Abilio Pérez Alonso, en su calidad de representante físico de "Urbaser, S.A.U.", Administrador único de la compañía mercantil "Sertego Servicios Medioambientales, S.L. Sociedad Unipersonal" (Sociedad Absorbente) Santiago Sainz de Baranda y Casado, en su calidad de Secretario del Consejo de Administración de la compañía mercantil "Urbamar Levante Residuos Industriales, S.L. Sociedad Unipersonal" (Sociedad Absorbente y Absorbida).

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