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Documento BORME-C-2017-915

SABADELL URQUIJO GLOBAL 2, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SABADELL URQUIJO GLOBAL 3, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 40, páginas 1063 a 1064 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-915

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente de Instituciones de Inversión Colectiva y en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de SABADELL URQUIJO GLOBAL 3, SICAV, S.A. y SABADELL URQUIJO GLOBAL 2, SICAV, S.A., ambas celebradas en segunda convocatoria en Barcelona el 28 de diciembre de 2016, han acordado, por unanimidad, aprobar la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de SABADELL URQUIJO GLOBAL 3, SICAV, S.A., que se disuelve sin liquidación, por SABADELL URQUIJO GLOBAL 2, SICAV, S.A., que adquiere en bloque y a título universal el patrimonio de la sociedad absorbida.

La fusión se realiza tomando como Balances de Fusión los de las correspondientes sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2015 aprobados por las mencionadas Juntas Generales de Accionistas, si bien la situación patrimonial que reflejan dichos balances únicamente debe ser interpretada como valor de referencia, puesto que la ecuación de canje aplicable se obtendrá a través del valor liquidativo de los patrimonios de las dos sociedades, calculado el día anterior al del otorgamiento de la escritura pública de fusión, de acuerdo con la normativa específica vigente en materia de Sociedades de Inversión de Capital Variable.

A efectos contables, la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida SABADELL URQUIJO GLOBAL 3, Sicav, S.A., se considerarán realizadas por cuenta de la sociedad absorbente SABADELL URQUIJO GLOBAL 2, Sicav, S.A., será la del día de otorgamiento de la escritura pública de fusión.

La fusión se ha acordado conforme al Proyecto común de fusión aprobado por los respectivos Consejos de Administración de ambas sociedades el 30 de junio de 2016, y posteriormente complementado en su apartado V a instancias del Registrador Mercantil de Barcelona por los respectivos Consejos de administración el 6 de octubre de 2016, el cual, previa la preceptiva autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, fue depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, con fecha 25 de octubre de 2016, depósito que fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 209 de 2 de noviembre de 2016, y asimismo insertado en la página web de la sociedad gestora de las dos sociedades participantes en la fusión, URQUIJO GESTION, S.A., S.G.I.I.C., Sociedad Unipersonal,www.urquijogestion.com, el día 27 de octubre de 2016.

La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados por las Juntas generales de Accionistas y de los respectivos balances de fusión.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, los acreedores de cualquiera de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponde, que deberá ser ejercitado, en su caso, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Barcelona, 28 de diciembre de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración de Sabadell Urquijo Global 3, SICAV, S.A. y Sabadell Urquijo Global 2, SICAV, S.A.

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