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Documento BORME-C-2017-8620

AMEFE ASOCIACIÓN MÉDICO FERROVIARIA MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL A PRIMA FIJA
(MUTUALIDAD CEDENTE)
SALUS ASISTENCIA SANITARIA, S.A. DE SEGUROS
AURA SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS, S.A.
(SOCIEDADES CESIONARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 9979 a 9979 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CESIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8620

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 87.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 4 de octubre de 2017 la Asamblea General de AMEFE Asociación Médico Ferroviaria Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija (Mutualidad Cedente), debidamente convocada al efecto, aprobó la cesión global de activos y pasivos a favor de SALUS Asistencia Sanitaria, S.A. de Seguros y AURA Sociedad Anónima de Seguros, S.A. (Sociedades Cesionarias), en los términos establecidos en el proyecto de cesión global de activos y pasivos formulado por la Junta Directiva de la Mutualidad Cedente con fecha 21 de junio de 2017 y depositado en el Registro Mercantil de Valencia.

Como consecuencia de la operación de cesión global de activos y pasivos, la Mutualidad Cedente transmitirá en bloque todo su patrimonio (activos, pasivos, derechos y obligaciones) por sucesión universal a las Sociedades Cesionarias, produciéndose por tanto la sucesión universal y traspaso en bloque a las Sociedades Cesionarias de todas las relaciones jurídicas afectas a la titularidad de los activos y pasivos de la Mutualidad Cedente, con la consiguiente asunción por parte de las Sociedades Cesionarias de todos los derechos y obligaciones derivados de los activos y pasivos que se ceden. En concreto, SALUS Asistencia Sanitaria, S.A. de Seguros recibirá la totalidad de los activos y pasivos, derechos y obligaciones, de la Mutualidad Cedente, a excepción de la cartera de decesos; por su parte, AURA Sociedad Anónima de Seguros, S.A. recibirá la cartera de decesos, que incluye la totalidad de activos y pasivos, derechos y obligaciones afectos a la misma, todo ello de conformidad con el acuerdo aprobado por la Asamblea General de la Mutualidad Cedente y conforme a los términos establecidos en el proyecto de cesión global. Puesto que la contraprestación será abonada a la propia Mutualidad Cedente, la misma no se verá extinguida por motivo de la operación.

La cesión global de activos y pasivos aprobada queda condicionada, con carácter suspensivo, a la obtención de la correspondiente autorización por parte del Registro de Mutualidades de Previsión Social de la Generalitat Valenciana y del Ministro de Economía y Competitividad a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable y, en especial, en el artículo 90 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y demás normativa concordante.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de cesión global, así como el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes a oponerse a la cesión global de activos y pasivos, todo ello en los términos previstos en los artículos 87.2 y 88 de la LME.

Valencia, 6 de octubre de 2017.- El Presidente de la Junta Directiva de Amefe Asociación Médico Ferroviaria Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija.

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