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Documento BORME-C-2017-8479

GLOBAL CICONIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MADRIGAL I GRUPO IONSOLAR, S.L.U.,
MADRIGAL II GRUPO IONSOLAR, S.L.U.
MADRIGAL III GRUPO IONSOLAR, S.L.U.
MADRIGAL IV GRUPO IONSOLAR, S.L.U.,
MADRIGAL V GRUPO IONSOLAR, S.L.U.,
MADRIGAL VI GRUPO IONSOLAR, S.L.U.,
MADRIGAL VII GRUPO IONSOLAR, S.L.U.,
GRUPO IONSOLAR MADRIGAL VIII, S.L.U.
MADRIGAL IX GRUPO IONSOLAR, S.L.U.
MADRIGAL X GRUPO IONSOLAR, S.L.U.
MADRIGAL XI GRUPO IONSOLAR, S.L.U.
MADRIGAL XII GRUPO IONSOLAR, S.L.U.
MADRIGAL XIII GRUPO IONSOLAR, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 201, páginas 9824 a 9824 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8479

TEXTO

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") se hace público que el socio único de GLOBAL CICONIA, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), esto es, GLOBAL BENENGELI, S.L.U., aprobó el día 18 de Octubre de 2017 la fusión mediante la absorción por parte de la Sociedad Absorbente de las siguientes sociedades: Madrigal I Grupo Ionsolar, s.l.u., Madrigal II Grupo Ionsolar, s.l.u., Madrigal III Grupo Ionsolar, s.l.u., Madrigal IV Grupo Ionsolar, s.l.u., Madrigal V Grupo Ionsolar, s.l.u., Madrigal VI Grupo Ionsolar, s.l.u., Madrigal VII Grupo Ionsolar, s.l.u., Grupo Ionsolar Madrigal VIII, s.l.u., Madrigal IX Grupo Ionsolar, s.l.u., Madrigal X Grupo Ionsolar, s.l.u., Madrigal XI Grupo Ionsolar, s.l.u., Madrigal XII Grupo Ionsolar, s.l.u., Madrigal XIII Grupo Ionsolar, s.l.u., (todas ellas, las "Sociedades Absorbidas"), con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente.

En la medida en que las Sociedades Absorbidas son sociedades íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad Absorbente, que las sociedades participantes en la fusión son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por unanimidad por el socio único en ejercicio de las competencias de la Junta General de Socios de la Sociedad Absorbente, la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49.1 de la LME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME. A los efectos oportunos, se hace constar que el domicilio social de la Sociedad Absorbente y de todas las Sociedades Absorbidas está sito en calle Jenner 3, planta 4.ª, 28010 Madrid.

Madrid, 18 de octubre de 2017.- D. Miguel Ángel García Mascuñan, representante persona física de Sonnedix España, S.L.U., Administrador Único de la Sociedad Absorbente; y D. Daniel Parejo del Rio, representante persona física Global Benengeli, S.L.U., Administrador Único de las Sociedades Absorbidas.

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