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Documento BORME-C-2017-8314

CONDESA FABRIL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONDESA FABRIL PROMOTORA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 196, páginas 9631 a 9631 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8314

TEXTO

El accionista único de Condesa Fabril, S.A.U. (Sociedad Absorbente), en el ejercicio de las competencias de Junta General de socios, acordó el día 12 de septiembre de 2017 la fusión por absorción de Condesa Fabril Promotora, S.L.U. (Sociedad Absorbida), mediante la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que no aumentará su capital social al ser titular directamente de todas las participaciones de la Sociedad Absorbida.

La fusión tiene carácter de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada del artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), y se realiza conforme al procedimiento descrito en el Proyecto de Fusión elaborado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes de fecha 4 de mayo de 2017, y conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 de dicha Ley.

Se hace constar conforme a los artículos 39 y 43 de la LME, el derecho de los socios, trabajadores y acreedores de cualesquiera de las Sociedades Intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de Fusión de fecha 31 de diciembre de 2016, así como también los demás documentos relacionados con la operación de fusión mediante su envío o entrega gratuita. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

En Legutiano (Álava), 13 de septiembre de 2017.- Los Administradores Mancomunados de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, Don Pablo Blanco Juárez y Don Jeyachandran Rajasekaran.

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