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Documento BORME-C-2017-8051

SAGRA HOLDINGS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SAGRA INVESTMENT IBERIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 188, páginas 9327 a 9327 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8051

TEXTO

Fusión Transfronteriza Intracomunitaria Simplificada

Se hace público que la Junta General de la Sociedad absorbente y el socio único de la absorbida identificadas al encabezamiento, en ambos casos con fecha 19 de septiembre de 2017, han aprobado por unanimidad el acuerdo de fusión de SAGRA INVESTMENT IBERIA, S.L.U., que es absorbida por la sociedad de nacionalidad luxemburguesa SAGRA HOLDINGS, S.A. (sociedad absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente de nacionalidad Luxemburguesa, que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de las sociedad absorbida. Al ser la sociedad absorbente titular del cien por cien del capital social de la sociedad absorbida, es de aplicación a la presente fusión el artículo 49 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Los acuerdos de fusión transfronteriza intracomunitaria simplificada de las entidades SAGRA HOLDINGS, S.A. (Sociedad absorbente) y SAGRA INVESTMENT IBERIA, S.L.U. (sociedad absorbida), ha tenido como base el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las dos sociedades participantes de la fusión con fecha 29 de junio de 2017 y se ajustan a los mismos.

Se anuncia el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad SAGRA INVESTMENT IBERIA, S.L.U., participante de la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de la sociedad de oponerse a la fusión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 3/2009.

Igualmente se hace constar el derecho, que corresponde a los representantes de los trabajadores y trabajadores y a los socios, de examinar en el domicilio social de la sociedad absorbida participante de la fusión, copia los documentos de la fusión a que hace referencia el artículo 39 de la Ley 3/2009, así como obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.

Madrid, 20 de septiembre de 2017.- D. Ahmet Toksöz, en calidad de Administrador Solidario de "Sagra Investment Iberia, S.L.U.".

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