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Documento BORME-C-2017-7824

MAGALLANES EUROPEAN EQUITY, FI
(FONDO BENEFICIARIO)
FINANTER, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 179, páginas 9070 a 9070 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7824

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la junta general extraordinaria de accionistas de FINANTER, SICAV, S.A (la "Sociedad absorbida"), celebrada con fecha 11 de septiembre de 2017, y el consejo de Magallanes Value Investors S.A. SGIIC, Sociedad Gestora de MAGALLANES EUROPEAN EQUITY, FI (el "Fondo Beneficiario"), celebrado con la misma fecha han aprobado, en calidad de sociedad absorbida y Fondo Beneficiario, la fusión por absorción de FINANTER, SICAV, S.A. por parte de MAGALLANES EUROPEAN EQUITY, FI, -clase P - en los términos establecidos en el proyecto común de fusión autorizado por la CNMV con fecha 30 de junio de 2017 insertado en las páginas web de Magallanes Value Investors S.A. SGIIC (www.magallanesvalue.com) y Bankinter Gestión de Activos S.A. SGIIC (www.bankinter.com), en su condición de sociedades gestoras del fondo beneficiario y la sociedad absorbida respectivamente, con posibilidad de descargarlo e imprimirlo, con fecha 14 de julio de 2017.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida al Fondo Beneficiario, la atribución de participaciones del Fondo Beneficiario a los accionistas de la sociedad absorbida y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas o partícipes y a los acreedores de la sociedad absorbida y del Fondo Beneficiario de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos Balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los accionistas o partícipes y a los acreedores de la sociedad absorbida y del Fondo Beneficiario de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Madrid, 13 de septiembre de 2017.- La Secretaria, Mónica Delclaux Real de Asúa.

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