Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-764

FINCAS DE BOADILLA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 35, páginas 876 a 876 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-764

TEXTO

Anuncio de reducción de capital.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de la sociedad FINCAS DE BOADILLA, S.A., con domicilio social en Madrid, Avda. de Filipinas, nº 52 y provista de NIF A-28120004, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 7287, folio 166, hoja M-118081 en su reunión celebrada el 27 de junio de 2015, de conformidad con la Ley y sus Estatutos Sociales, adoptó por unanimidad, el acuerdo de proceder a la reducción de capital de la Sociedad, al objeto de amortizar las acciones propias, por un importe total de 22.908,17 euros, mediante la amortización de 9.529 acciones que posee la sociedad en autocartera y que representan el 12,41% del capital social.

El capital social de la Sociedad ha pasado de 184.558,76 euros al importe resultante de la reducción que ha quedado fijado en 161.650,59 euros, correspondiente a 67.241 acciones, con un valor nominal de 2,404048 euros por acción y que fueron adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta General de accionistas. Modificándose, en consecuencia el artículo 5º de los Estatutos Sociales.

La reducción de capital por amortización de acciones propias se realizó con cargo a reservas voluntarias.

La reducción de capital por amortización de acciones propias no entrañó devolución de aportación alguna por ser la Sociedad la titular de las acciones amortizadas, siendo por lo tanto, la finalidad de la reducción únicamente la amortización de las acciones propias.

Por lo que se refiere al plazo de ejecución del presente acuerdo de reducción de capital, la modificación estatutaria tiene eficacia inmediata por la sola voluntad de la Junta General de Accionistas (sin perjuicio de los actos de formalización), dado que no existe derecho de oposición de los acreedores a la reducción.

En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital acordada, dado que la adquisición de las acciones propias se hizo con cargo a reservas de libre disposición.

Madrid, 8 de febrero de 2017.- Eduardo Cebrián Agustín, Secretario del Consejo de Administración de Fincas de Boadilla, S.A.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid