Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-6862

LAKMÉ COSMETICS, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ALVIDAN IMMOGRUP, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 139, páginas 7980 a 7980 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-6862

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión expresa del artículo 73 de dicha Ley, se hace público que el socio único de LAKMÉ COSMETICS, S.L.U. (en adelante, "LAKMÉ COSMETICS"), adoptó con fecha 30 de junio de 2017, la decisión de escisión parcial de LAKMÉ COSMETIC, en los siguientes términos y condiciones:

LAKMÉ COSMETICS, sin extinguirse, traspasará en bloque y por sucesión universal la unidad económica y rama de actividad relativa a la actividad inmobiliaria en general, y en particular el alquiler de viviendas, de locales industriales, y otros alquileres, a una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación ALVIDAN IMMOGRUP, S.L., de acuerdo al proyecto de escisión suscrito por los administradores solidarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la citada Ley.

De conformidad con el artículo 42 de la citada Ley, se informa de que no procede la publicación o depósito de los documentos exigidos por la referida Ley, ni tampoco el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión. Asimismo, no procede el informe de expertos independientes sobre el proyecto de escisión al amparo de lo dispuesto en el artículo 78 bis de la citada Ley.

Se hace constar expresamente que los administradores solidarios han elaborado el balance de escisión que recoge los activos y pasivos objeto de escisión compresivos de la unidad económica aportada a la sociedad limitada de nueva creación que se denominará ALVIDAN IMMOGRUP, S.L. Como balance de escisión se ha formulado y aprobado el balance cerrado a fecha 31 de diciembre de 2016.

De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, la sociedad ALVIDAN IMMOGRUP, S.L.U. (sociedad beneficiaria) se subroga en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, esto es, la unidad económica y rama de actividad relativa a la actividad inmobiliaria, y se le atribuirá el capital social en la cantidad decidida por el socio único de LAKMÉ COSMETICS, en fecha 30 de junio de 2017.

En cumplimiento del artículo 44 de la citada Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se deja expresa constancia del derecho que asiste a los acreedores de LAKMÉ COSMETICS a obtener el texto íntegro de la decisión de escisión parcial adoptada y del balance de escisión, y a oponerse a la escisión parcial con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

Barcelona, 30 de junio de 2017.- D. Víctor Carreras Utrera y D. Daniel Carreras Utrera, Administradores solidarios de Lakmé Cosmetics, S.L.U., y Administradores solidarios entrantes de Alvidan Immogrup, S.L.U.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid