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Documento BORME-C-2017-6698

ALALUZ CAPITAL, SGIIC, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 134, páginas 7796 a 7796 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-6698

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 319 y 324 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de accionistas de Alaluz Capital, SGIIC, S.A. (la "Sociedad") adoptó, en fecha 27 de junio de 2017 la decisión, en ejercicio de las competencias atribuidas a la misma por la LSC y los propios estatutos de la Sociedad, de reducir el capital social en la suma de 100.000 euros, quedando fijado en 500.000 euros con la finalidad de compensar pérdidas reestableciendo el equilibrio patrimonial y garantizando el cumplimiento de los requisitos de fondos propios de acuerdo con la normativa aplicable.

La citada reducción de capital se ha realizado mediante la amortización de 1.000 acciones de las 6.000 acciones en las que se dividía el capital social, reduciendo el capital social a 5.000 acciones de 100 euros de valor nominal cada una. Dicha reducción afecta por igual a todos los accionistas, dado que, en concreto, se acordó amortizar las acciones numeradas de la 1.801 a la 2.160, ambas inclusive; las acciones numeradas de la 3.961 a la 4.320, ambas inclusive; las acciones numeradas de la 4.921 a la 5.040, ambas inclusive; las acciones numeradas de la 5.641 a la 5.760, ambas inclusive; y las acciones numeradas de la 5.961 a la 6.000, ambas inclusive, acordando asimismo su re-enumeración para evitar intervalos numéricos, y conforme a ello las acciones numeradas del 1 al 1.800, ambas inclusive, conservan su anterior numeración, mientras que (ii) las acciones antes numeradas del 2.161 al 3.960, ambas inclusive, pasarán a ser las acciones numeradas de la 1.801 al 3.600, (iii) las acciones antes numeradas del 4.321 al 4.920, ambos inclusive, pasarán a ser las acciones numeradas de la 3.601 al 4.200, (iv) las acciones antes numeradas del 5.041 al 5.640, ambos inclusive, pasarán a ser las acciones numeradas de la 4.201 al 4.800, y (v) las acciones antes numeradas del 5.761 al 5.960, ambos inclusive, pasarán a ser las acciones numeradas de la 4.801 al 5.000.

Como consecuencia de lo anterior, se ha procedido a modificar el artículo 7.º de los estatutos sociales de la Sociedad, con el siguiente tenor literal:

"Artículo 7.º El capital social es de QUINIENTOS MIL EUROS (500.000 €), y está representado por CINCO MIL (5.000) acciones ordinarias, nominativas, de CIEN EUROS (100 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 5.000, ambos inclusive, todas ellas de la misma clase y serie, y que se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas al CIEN POR CIENTO (100%). Las acciones se representarán mediante títulos, que podrán ser unitarios o múltiples y contendrán todas las menciones señaladas como mínimas en la Ley."

En tanto la reducción de capital tiene por única finalidad el restablecimiento del equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas, los acreedores sociales no podrán oponerse a la reducción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 335 LSC.

Madrid, 13 de julio de 2017.- José Antonio López Arias, Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad.

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