Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-6664

ROS ROCA, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 7759 a 7759 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-6664

TEXTO

A los efectos de lo previsto en los artículos 319 y 324 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que, en el acta de consignación de decisiones del accionista único de ROS ROCA, S.A., Sociedad Unipersonal (en adelante, la "Sociedad") celebrada el 21 de junio 2017, se adoptó el acuerdo de reducir el capital social de la Sociedad por absorción de pérdidas, mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la Sociedad, y la consiguiente modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales.

La finalidad de la reducción es el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas.

El importe de la reducción de capital asciende a la cifra de treinta y nueve millones doscientos treinta y ocho mil seiscientos veinte Euros (39.238.620.- €), pasando la cifra de capital social de los cincuenta millones novecientos cincuenta y seis mil ochocientos Euros (50.956.800.- €) a quedar fijado en la cantidad de once millones setecientos dieciocho mil ciento ochenta euros (11.718.180 €), mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la serie A, de sesenta euros con diez céntimos (60,10 €), a un céntimo de euro (0,01 €), y de las de la serie B, de cien euros (100 €) a veinticinco euros (25 €).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, ha servido de base a la operación de reducción de capital por pérdidas el balance de situación de la Sociedad de fecha 31 de marzo de 2017, aprobado por el acta de consignación de decisiones del accionista único de la Sociedad de fecha 21 de junio 2017, el cual ha sido debidamente verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad, la firma auditora Deloitte. Dicho balance e informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de la reducción de capital.

A los efectos del artículo 325 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que como consecuencia de esta operación de reducción del capital, no se genera excedente del activo sobre el pasivo que deba atribuirse a la reserva legal.

En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.

Tarrega (Lleida), 26 de junio de 2017.- Don Godefridus Terberg, en calidad de representante persona física del Administrador Único de la Sociedad, TERBERG ROS ROCA GROUP LIMITED, S.L.U.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid