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Documento BORME-C-2017-6436

INMAJOR, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROMOCIONES OLMEDAS DEL GUADALQUIVIR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 7485 a 7485 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-6436

TEXTO

Fusión por absorción

Se hace público que INMAJOR, S.A. (sociedad absorbente), se constituyó en Junta General y Extraordinaria con fecha 30 de junio de 2017 y adoptó los acuerdos de fusión mediante la absorción de PROMOCIONES OLMEDAS DEL GUADALQUIVIR, S.L. (Sociedad absorbida), con extinción por disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente INMAJOR, S.A., que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Al tratarse de una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada y haber sido adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime por los accionistas de la entidad absorbente es de aplicación a la presente fusión lo dispuesto en los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009. El acuerdo de fusión por absorción de la entidad INMAJOR, S.A. (sociedad absorbente), y PROMOCIONES OLMEDAS DEL GUADALQUIVIR, S.L. (Sociedad absorbida), ha tenido como base el proyecto de fusión suscrito con fecha 26 de junio de 2017 por los órganos de administración de las sociedades participantes de la fusión, no habiendo siendo necesario su depósito en el Registro Mercantil de Madrid en aplicación del artículo 42 de la Ley 3/2009 y se ajusta al mismo. Se anuncia el derecho que asiste a los socios y accionistas de las sociedades participantes en la fusión y a los acreedores de las mismas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de oponerse a la fusión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Igualmente se hace constar el derecho, que corresponde a los representantes de los trabajadores y trabajadores y a los socios y accionistas de las sociedades participantes de la fusión, de examinar en el domicilio social de cada sociedad participante de la fusión, copia los documentos de la fusión a que hace referencia el artículo 39 de la Ley 3/2009 fusión, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.

Madrid, 30 de junio de 2017.- D. Francisco Javier Oriol Muñoz, Administrador Solidario de "Inmajor, S.A." y "Promociones Olmedas del Guadalquivir, S.L.".

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