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Documento BORME-C-2017-479

GESTIÓN Y TENENCIA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 24, páginas 548 a 548 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2017-479

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en los artículos 160 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, el registrador mercantil de Madrid convoca la siguiente junta ordinaria y extraordinaria de socios a solicitud de don Fernando Peña Prado. Sociedad: "Gestión y Tenencia, Sociedad Anónima". Lugar: domicilio social, Calle Claudio Coello, 71-1º (Madrid). Día: 9 de marzo de 2017 en primera convocatoria, a las 10:00 horas, la Junta Ordinaria y a las 12:00 horas la Junta Extraordinaria. Si procede, la Junta se reunirá en segunda convocatoria al día siguiente, a las 10:00 horas, para la ordinaria, y a las 12:00 horas, la extraordinaria.

Orden del día

JUNTA ORDINARIA

Primero.- Aprobación de la gestión social, las cuentas del ejercicio 2015 y resolver sobre la aplicación del resultado.

Orden del día

JUNTA EXTRAORDINARIA

Primero.- Modificación del sistema de administración de la sociedad. Fijación en su caso, del número de miembros del consejo de administración. Nombramiento en su caso de nuevos miembros del consejo de administración por el plazo estatutario de cinco años de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de los estatutos sociales o, en su caso, revocación o reelección de los actuales consejeros. Nombramiento o revocación de apoderados de la entidad.

Segundo.- Delegación de facultades para elevación a público de los acuerdos adoptados.

Tercero.- Lectura y aprobación del acta.

A partir de la convocatoria cualquier socio podrá obtener de la sociedad de forma inmediata y gratuita los documentos que se someten a aprobación (artículo 272.2 Ley de Sociedades de Capital). Serán presidente y secretario de la junta los que lo sean del consejo de administración y en su defecto los socios que elijan los asistentes al comienzo de la reunión (artículo 15 de los estatutos sociales). Contra esta resolución no cabe recurso (artículo 170.3 Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 29 de noviembre de 2016.- El Registrador.

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