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Documento BORME-C-2017-36

VILMORIN IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAGNUM SEEDS IBERIA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 2, páginas 39 a 39 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-36

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que los accionistas de la sociedad Vilmorin Ibérica, Sociedad Anónima, ejerciendo las competencias de la Junta general, ha adoptado con fecha 31 de diciembre de 2016, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Vilmorin Ibérica, S.A. (sociedad absorbente) y Magnum Seeds Iberia, S.L.U. (sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el órgano de administración de ambas sociedades con fecha 15 de noviembre de 2016, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49, al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la sociedad absorbida. Habiéndose adoptado el acuerdo de fusión en Vilmorin Ibérica, S.A por decisión de sus accionistas, ejerciendo las facultades de Junta general, resulta que el acuerdo de fusión se adoptó en Junta General Extraordinaria por unanimidad de los accionistas asistentes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores y demás interesados que así lo soliciten por cualquier medio admitido en derecho de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión, así como en su caso al examen en el domicilio social de copia íntegra de los documentos que sirven de base a la fusión, y a la entrega o al envió gratuito de un ejemplar de cada uno de ellos.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Alicante, 31 de diciembre de 2016.- Por D. Rodolphe Maurice Georges Millet, en representación de Vilmorin, S.A., administrador única de Vilmorin Ibérica, S.A, y como Administrador Único de Magnum Seeds Iberia, S.L.U.

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