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Documento BORME-C-2017-2517

FERROVIAL INTERNACIONAL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NORVAREM, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 80, páginas 3000 a 3000 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-2517

TEXTO

Anuncio de Fusión

Con fecha 19 de abril de 2017, y con arreglo a lo establecido en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), el socio único de FERROVIAL INTERNACIONAL, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), y el accionista único de NORVAREM, S.A.U. (la "Sociedad Absorbida" y, conjuntamente con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades Intervinientes") aprobaron (i) el proyecto común de fusión, redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Intervinientes el 27 de marzo de 2017 (el "Proyecto de Fusión"); (ii) sus respectivos balances de fusión; y (iii) la operación de fusión en sí misma (ajustada a los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Fusión) en virtud de la cual la Sociedad Absorbente absorberá a la Sociedad Absorbida, de suerte que esta última se extinguirá, vía disolución sin liquidación, y transmitirá en bloque todo su patrimonio a favor de la Sociedad Absorbente, la cual adquirirá, por sucesión universal, todos sus derechos y obligaciones (la "Fusión").

Se hace constar que los socios y acreedores de las Sociedades Intervinientes tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la Fusión y de los correspondientes balances de fusión en el domicilio social de las Sociedades Intervinientes, el cual se encuentra ubicado en Madrid, Príncipe de Vergara, 135.

Según lo previsto en el artículo 44 LME, durante el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de la última publicación de este anuncio, podrán oponerse a la Fusión los acreedores de las Sociedades Intervinientes cuyo crédito hubiera nacido antes de dicha fecha y no estuviese vencido en ese momento, hasta que se les garanticen tales créditos. No gozarán de ese derecho los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados.

Madrid, 20 de abril de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración de Ferrovial Internacional, S.L.U. y los Administradores Mancomunados de Norvarem, S.A.U.

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