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De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Ley"), se hace público que el socio único, ejercitando las competencias de la Junta General de Socios, de Almacenes Metalúrgicos, Sociedad Anónima Unipersonal y de Tubos Reunidos Services, Sociedad Limitada Unipersonal, el 29 de marzo de 2017, aprobó la escisión parcial consistente en el traspaso de parte del patrimonio de Almacenes Metalúrgicos, Sociedad Anónima Unipersonal, a favor de Tubos Reunidos Services, Sociedad Limitada Unipersonal, sociedad preexistente. La escisión parcial no conllevará la extinción de la Sociedad Parcialmente Escindida.
En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, a los representantes de los trabajadores y a los acreedores sociales de las sociedades participantes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados y de los balances de escisión así como el derecho que les corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la escisión, de oponerse a la escisión parcial y ello durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de escisión parcial.
Güeñes (Bizkaia), 29 de marzo de 2017.- Los Administradores Mancomunados de Almacenes Metalúrgicos, Sociedad Anónima Unipersonal y de Tubos Reunidos Services, Sociedad Limitada Unipersonal, D. Guillermo Ulacia Arnaiz y D. José Manuel Iturriaga Arrillaga.
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