Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-1415

FELIXCAN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DATAMARS TRAZABILIDAD, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 58, páginas 1690 a 1690 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-1415

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el socio único común de las sociedades FELIXCAN, S.L.U (Sociedad Absorbente) y DATAMARS TRAZABILIDAD, S.LU. (Sociedad Absorbida), ejerciendo las competencias de la Junta General, ha adoptado en ambas sociedades, con fecha 20 de marzo de 2017, la decisión de aprobar la fusión por absorción de DATAMARS TRAZABILIDAD, S.L.U., por parte de FELIXCAN, S.L.U., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de ambas compañías cerrados a fecha 31 de diciembre de 2016.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión redactado por el Administrador único de Datamars Trazabilidad, S.L.U., y en Consejo de Administración de Felixcan, S.L.U., con fecha 20 de marzo de 2017. La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y 52 de la LME, al tratarse de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida (v) depósito y publicación del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil y BORME.

Se hace constar, expresamente, el derecho de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión de cada una de las sociedades, así como el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contando a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión, según establece el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Asimismo, se hace constar el derecho de información que corresponde a los representantes de los trabajadores sobre la fusión, a tenor de lo dispuesto en el artículo 42.2 LME.

Albacete, 22 de marzo de 2017.- D. Daniele Della Libera, Presidente de Felixcan, S.L.U., y Datamars Trazabilidad, S.L.U.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid