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Documento BORME-C-2017-10129

MAMPARAS DE BAÑO KASSANDRA, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GRUPO KASSANDRA 1993, S.L
ESTUDIOS INMOBILIARIOS KASSANDRA, S.L.
MAMPARAS DE BAÑO KASSANDRA, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 244, páginas 11667 a 11667 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-10129

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) en sus artículos 43 y 73 y demás preceptos aplicables, se pone en general conocimiento que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la entidad MAMPARAS DE BAÑO KASSANDRA, S.A. (Sociedad Escindida), celebrada con el carácter de Universal, en su reunión del día 29 de junio de 2017, acordó, por unanimidad, aprobar la escisión total de la sociedad, con extinción de la misma, mediante la división de su patrimonio en tres bloques patrimoniales que serán transmitidos a favor de tres sociedades beneficiarias de nueva creación, Grupo Kassandra 1993, S.L., Estudios Inmobiliarios Kassandra, S.L. y Mamparas de Baño Kassandra, S.L., quienes adquirirán el patrimonio completo de la sociedad escindida, que se disuelve sin liquidación, a título de sucesión universal. Se hace constar que de conformidad con los artículos 73.1, 78 bis y 42.1 LME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión por unanimidad, en sede de Junta General de Accionistas, con carácter de Universal y atribuirse las participaciones de las sociedades beneficiarias a los accionistas de la sociedad escindida proporcionalmente a los derechos que éstos tenían en ella, no es necesario el informe de los administradores ni el informe de experto independiente ni el balance de escisión ni la publicación o depósito del Proyecto de Escisión en el Registro Mercantil. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los y a los trabajadores de la escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y a aquellos a oponerse a la escisión, en los términos señalados en los artículos 43 y 44 de la LEM.

Madrid, 21 de diciembre de 2017.- El Administrador solidario, José Luis Castro Cornejo.

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