Está Vd. en

Documento BORME-C-2016-9719

PERTEGAZ, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GAUDI’ LUX, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 212, páginas 11280 a 11280 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-9719

TEXTO

Anuncio de fusión transfronteriza intracomunitaria.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME"), aplicable por remisión de sus artículos 55 y 66.1, se hace público que el Socio Único de la sociedad española Pertegaz, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbente), y el Socio único de la Sociedad luxemburguesa Gaudi' Lux, S.A. (Sociedad Absorbida) han aprobado, con fecha 31 de octubre de 2016, la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción de la sociedad luxemburguesa Gaudi' Lux, S.A. por la sociedad española Pertegaz, S.L., Sociedad Unipersonal, que adquirirá, a título de sucesión universal, el patrimonio íntegro y todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida con disolución sin liquidación de esta última, en los términos del Proyecto Común de Fusión Transfronteriza Intracomunitaria suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades el 29 de septiembre de 2016, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 17 de octubre de 2016 y en el Registro de Comercio y de Sociedades luxemburgués (Registre de Commerce et des Sociétés) el 30 de septiembre de 2016. Se hace constar, asimismo, que la fusión aprobada es una fusión intragrupo mediante la cual Pertegaz, S.L., Sociedad Unipersonal, absorbe a su matriz Gaudi' Lux, S.A. (fusión inversa).

Los balances de fusión aprobados se corresponden con los balances de situación de las sociedades intervinientes cerrados ambos a 30 de junio de 2016. Las operaciones de la Sociedad Absorbida se entenderán realizadas a efectos contables por la Sociedad Absorbente a partir del día 1 de enero de 2016.

Se hace constar expresamente, conforme a los artículos 43 y 66 de la LME, el derecho de los socios y de los acreedores de las sociedades intervinientes a obtener, de manera gratuita, información exhaustiva sobre las condiciones de la fusión y, en particular, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, y el proyecto de fusión, el informe de los administradores de ambas sociedades sobre el proyecto de fusión, los balances de fusión y demás información relevante, así como las condiciones de ejercicio del derecho de oposición que corresponde a los socios y acreedores, dirigiéndose al domicilio social de la Sociedad Absorbente, Pertegaz, S.L., Sociedad Unipersonal (domiciliada en Barcelona – 08020, calle Josep Plan, número 163, 2º 7ª).

En virtud del artículo 44 de la LME, se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, a oponerse a la fusión transfronteriza en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último de los anuncios del acuerdo de fusión.

Barcelona, 3 de noviembre de 2016.- El Administrador único de Pertegaz, S.L., Sociedad Unipersonal.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid