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Documento BORME-C-2016-9545

ADEGAS PAZO DO MAR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ADEGAS AS BRISAS, S.L.
ADEGAS PAZO DAS TAPIAS, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 208, páginas 11083 a 11083 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-9545

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo establecido en el art. 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") se hace público que el pasado 30 de junio de 2016, las Juntas Generales y Universales de Socios de Adegas Pazo Do Mar, S.L., Adegas As Brisas, S.L. y Adegas Pazo Das Tapias, S.L. acordaron la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por ADEGAS PAZO DO MAR, S.L., de ADEGAS AS BRISAS, S.L. y ADEGAS PAZO DAS TAPIAS, S. L., adquiriendo la Sociedad Absorbente, en bloque y por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, que quedarán disueltas sin liquidación como consecuencia de la fusión, subrogándose la Sociedad Absorbente en la posición jurídica de las Sociedades Absorbidas a todos los efectos, con la consiguiente ampliación del capital social de la Sociedad Absorbente, todo ello según balance de fusión de dichas compañías cerrados a 31 de diciembre de 2015 y en los términos y condiciones del Proyecto Conjunto de Fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes.

Dado que el acuerdo de fusión se ha adoptado en todas las sociedades participantes en la fusión, en Junta General Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto, el acuerdo de fusión puede adoptarse en los términos del art. 42 de la LME, no siendo necesaria la publicación ni el depósito previo del Proyecto Conjunto de Fusión y sin informe de los administradores sobre el citado Proyecto Conjunto de Fusión.

Se hace constar conforme establece el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión así como el derecho que corresponde a los acreedores de todas las sociedades que se fusionan, a oponerse a la Fusión, tal y como se contempla en los artículos 43 y 44 de la LME, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.

En Ourense, 21 de octubre de 2016.- Los Administradores mancomunados de Adegas Pazo Do Mar, S. L., Adegas As Brisas, S.L. y Adegas Pazo Das Tapias, S.L.

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