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Documento BORME-C-2016-9056

ACTIVE MANAGEMENT SERVICES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FAST ROBOT AMERICAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 194, páginas 10516 a 10516 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-9056

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LMESM"), se hace público que el socio único de Active Management Services, S.L.U. (Sociedad absorbente) y de Fast Robot Americas, S.L.U. (Sociedad absorbida) decidió con fecha 30 de junio de 2016, aprobar la fusión por absorción de la sociedad absorbida por parte de la sociedad absorbente, en los términos previstos en el proyecto de fusión elaborado y suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades. La operación de fusión referida implica la fusión por absorción por parte de la sociedad absorbente, de la sociedad absorbida, mediante la transmisión en bloque, por sucesión universal, del patrimonio de esta última a favor de la primera. Con motivo de la fusión, la sociedad absorbida se extinguirá por disolución sin liquidación, subrogándose la sociedad absorbente en la posición asumida por la primera en virtud de cualesquiera relaciones jurídicas.

Siendo ambas sociedades unipersonales y su socio único la misma persona resulta de aplicación, por remisión del artículo 52.1 de dicho texto legal, el procedimiento previsto por el artículo 49.1 de la LMESM, en virtud de lo cual no ha resultado precisa (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la LMESM, (ii) los informes de los administradores sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad absorbida.

Asimismo, resulta aplicable a la referida fusión lo dispuesto por el artículo 42 de la LMESM, no siendo preciso publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo y los términos establecidos en el artículo 44 de la LMESM.

Madrid, 21 de septiembre de 2016.- Don Fernando Clemares Sempere, Administrador único de Active Management Services, S.L.U. y don Julio Alonso Alcaide, Administrador único de Fast Robot Americas, S.L.U.

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