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Documento BORME-C-2016-8835

BANCO INVERSIS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 187, páginas 10233 a 10234 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-8835

TEXTO

Reducción de capital social mediante amortización de acciones propias con cargo a reservas libres.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el pasado 22 de julio de 2016, la Junta General Extraordinaria y Universal de Banco Inversis, S.A., acordó reducir el capital social en la cifra de 716.204,72 euros, mediante el procedimiento de amortización de tres millones doscientas cincuenta y cinco mil cuatrocientas setenta y seis (3.255.476) acciones propias, números 68.756.773 al 72.012.248, ambos inclusive, de veintidós céntimos de euro (0,22 €) de valor nominal cada una, que la Sociedad posee en autocartera, todas ellas íntegramente suscritas y desembolsadas y que se encuentran libres de todo tipo de cargas y gravámenes.

Se hace constar que la reducción no entraña devolución de aportaciones a los accionistas por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.

La reducción de capital se realiza con cargo a reservas libres, mediante la dotación de una reserva por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas (esto es, 716.204,72 €), de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción de capital social, en aplicación de lo previsto en el artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital.

Tras la reducción del capital social, el capital social resultante queda fijado en la cifra de treinta y tres millones novecientos cincuenta y un mil ciento cuarenta y tres euros y sesenta céntimos (33.951.143,60 €), dividido en ciento cincuenta y cuatro millones trescientas veintitrés mil trescientas ochenta (154.323.380) acciones, de veintidós céntimos de euro (0,22 €) de valor nominal cada una, ordinarias, nominativas, agrupadas en una sola serie y numeradas correlativamente de la 1 a la 154.323.380.

Como consecuencia de la reducción de capital, se procede a dar nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales:

"Artículo 5.-Capital social.

El Capital Social es de treinta y tres millones novecientos cincuenta y un mil ciento cuarenta y tres euros y sesenta céntimos (33.951.143,60 €) dividido en ciento cincuenta y cuatro millones trescientas veintitrés mil trescientas ochenta (154.323.380) acciones ordinarias, nominativas, de 0,22 euros de valor nominal cada una de ellas, agrupadas en una sola serie y numeradas correlativamente del uno al ciento cincuenta y cuatro millones trescientos veintitrés mil trescientos ochenta, ambos inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas."

El acuerdo de reducción de capital por amortización de acciones propias y renumeración de las acciones será publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y en un periódico de gran circulación de la Provincia de Madrid y se ejecutará a la mayor brevedad posible una vez recibida la autorización de Banco de España a la modificación estatutaria que requiere dicho acuerdo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1 del Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

Así mismo, la Junta General Extraordinaria y Universal acordó delegar en el Consejo de Administración las más amplias facultades que en Derecho sean necesarias, con expresa facultad de sustitución en cualquiera de sus miembros, en el secretario no consejero y en cualquier otra persona a la que el consejo de administración apodere expresamente, para que de forma indistinta y solidaria desarrollen cuantas acciones sean precisas para la plena ejecución de los anteriores acuerdos de reducción de capital y renumeración de las acciones y, en particular, para su elevación a público y su posterior inscripción en el Registro Mercantil y en cualquier otro registro u organismo público en que resulte necesario, incluyendo sin limitación la facultad de publicar los anuncios legalmente requeridos.

Madrid, 22 de septiembre de 2016.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración.

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