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Documento BORME-C-2016-8489

AIRBUS DEFENCE AND SPACE, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ASTRIUM ESPAÑA, S.L.U.
EADS CASA ESPACIO, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 176, páginas 9846 a 9847 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-8489

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") se hace público que el socio único de la sociedad Airbus Defence and Space, S.A.U. ("Sociedad Absorbente"), ejerciendo las competencias que tiene atribuidas, ha adoptado, con fecha 29 de julio de 2016, la decisión de aprobar la fusión por absorción por parte de la Sociedad Absorbente de ASTRIUM ESPAÑA, S.L.U. y EADS CASA ESPACIO, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas", íntegramente participadas, ya sea directa o indirectamente, por la Sociedad Absorbente), con disolución sin liquidación de la Sociedades Absorbidas, y adquisición por sucesión universal de sus patrimonios por la Sociedad Absorbente.

Se han utilizado como balances de fusión el cerrado por la Sociedad Absorbente en fecha 31 de diciembre de 2015 y los cerrados por las Sociedades Absorbidas en fecha 31 de diciembre de 2015.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión redactado y suscrito por los administradores de todas las sociedades intervinientes y aprobado por sus respectivos órganos de Administración en reuniones celebradas el día 8 de junio de 2016. La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa o indirecta de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de las Sociedades Absorbidas. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión: (i) la inclusión en el Proyecto Común de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto Común de Fusión (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de las Sociedades Absorbidas.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en las sociedades intervinientes por decisión/acuerdo de sus socios, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que los acuerdos de fusión se adoptaron en Junta universal y por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la fusión, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión. No obstante, el Proyecto Común de Fusión fue presentado para su depósito por los administradores de las sociedades intervinientes en el Registro Mercantil de Madrid el día 30 de junio de 2016, y quedó depositado el día 1 de julio de 2016.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, de acuerdo con el artículo 44 LME.

Madrid, 31 de agosto de 2016.- D. Pedro Antonio Blanco Manchado, Secretario del Consejo de Administración de Airbus Defence and Space, S.A.U.

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