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Documento BORME-C-2016-8256

ASOCIACION FARMACÉUTICA MALAGUEÑA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 158, páginas 9579 a 9579 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2016-8256

TEXTO

La Junta General de Accionistas celebrada el pasado día 22 de julio de 2016, adoptó el acuerdo de reducir el capital social a cero para compensar pérdidas y, simultáneamente, ampliarlo mediante compensación de créditos y, en su caso, aportación dineraria hasta un máximo de 270.000 euros, con las condiciones que se indican a efectos de facilitar a los socios el derecho de suscripción preferente:

1) Aumentar el capital social de la entidad en la cifra de 270.000 euros mediante la creación de 7.500 acciones, de 36 € de valor nominal y contenido de derechos que las amortizadas, y numeradas correlativamente del 1 al 7.500, ambos inclusive.

Las acciones se crean por su valor nominal, que deberá ser íntegramente desembolsado en el momento de su adjudicación mediante aportaciones dinerarias o compensaciones de créditos, los accionistas que ostentan derechos de crédito contra la sociedad.

2) Se reconoce a los socios el derecho a asumir un número de las nuevas acciones proporcional al valor nominal de las que poseen. El ejercicio de este derecho se ajustará a las siguientes normas:

3) Relación de cambio: Una acción nueva por cada una antigua.

4) Plazo: Dos meses desde la publicación en el BORME prevista por la Ley. Durante dicho plazo, los Sres. Accionistas pueden asumir las acciones mediante comunicación dirigida a esta sociedad a la que se acompañará certificación o resguardo acreditativo del ingreso del 100 % del valor nominal de las acciones objeto de suscripción en la cuenta corriente que la entidad mantiene abierta en el Banco Sabadell con número de cuenta ES21 0081 5167 3200 0104 0808.

5) Acciones no asumidas: Las acciones no asumidas en ejercicio del derecho de suscripción preferente, serán ofrecidas por el órgano de Administración a los accionistas que sí lo hayan ejercitado para su asunción y desembolso durante un plazo no superior a 15 días desde la conclusión del primer plazo. Si existen varios interesados, en asumir las acciones ofrecidas, estas se adjudicarán en proporción a las que cada uno tuviera en la Sociedad.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital.

Málaga, 29 de julio de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración.

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