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Documento BORME-C-2016-7567

WEIDPLAS SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TECHNIPLAS SPAIN HOLDINGS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 8803 a 8803 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-7567

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LMESM), se hace público que el socio único de la entidad WEIDPLAS SPAIN, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y el de la entidad TECHNIPLAS SPAIN HOLDINGS, S.L.U. (Sociedad Absorbida), en decisión del 24 de junio de 2016, respectivamente, acordaron por unanimidad la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los bienes, derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los Administradores de ambas empresas, que fue aprobado por los respectivos socios únicos de ambas entidades.

La fusión tiene carácter de impropia e inversa por cuanto la sociedad absorbente WEIDPLAS SPAIN, S.L.U., está íntegramente participada por la sociedad absorbida TECHNIPLAS SPAIN HOLDINGS, S.L.U., y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 49.1 y 52.1 de la mencionada Ley, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todo su activo y pasivo a la sociedad absorbente. La fusión impropia tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2016.

Como consecuencia de la fusión, la sociedad absorbente, procederá a modificar el artículo de los Estatutos Sociales, correspondiente al cambio de su objeto social.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Egúes, 27 de junio de 2016.- Don Daniel Spirig y don David Hugh Knill, Administradores de Weidplas Spain, S.L.U., y Techniplas Spain Holdings, S.L.U., respectivamente.

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