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Documento BORME-C-2016-7553

CONSTRUCCIONES COTRO 2000, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ESTRUCTURAS Y ENCOFRADOS LEDEA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 8782 a 8782 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-7553

TEXTO

ANUNCIO DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo LME), se hace público que los socios comunes de las sociedades «CONSTRUCCIONES COTRO 2000, S.L.» (Sociedad Absorbente) y «ESTRUCTURAS Y ENCOFRADOS LEDEA, S.L.» (Sociedad Absorbida), en Junta General, han adoptado en ambas sociedades con fecha 31 de diciembre de 2015, la decisión de aprobar la fusión por absorción de «ESTRUCTURAS Y ENCOFRADOS LEDEA, S.L.» por parte de «CONSTRUCCIONES COTRO 2000, S.L.», con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los administradores de ambas sociedades con fecha 31 de diciembre de 2015, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 por remisión del artículo 52 de la LME, al tratarse de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2º, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y (iv) la aprobación de la fusión por la junta general de la Sociedad Absorbida.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por acuerdo en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la fusión, que participan en igual proporción en ambas sociedades, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documento exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo con lo establecido en el artículo 43 de la LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptado y del balance de la fusión.

También, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Liédena, 31 de diciembre de 2015.- Por «Construcciones Cotro 2000, S.L.» y «Estructuras y Encofrados Ledea, S.L.», el administrador único José Alberto Lorenzo Pérez.

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