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Documento BORME-C-2016-7549

AIC SCOPE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AIC START S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 8778 a 8778 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-7549

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se comunica que Fundación AIC Automotive Intelligence Center Fundazioa en su condición de Socio Único de las sociedades (i) AIC SCOPE, S.L.U., sociedad de responsabilidad limitada unipersonal, con domicilio en Parque Empresarial Boroa Parcela 2 - AIC, Amorebieta (Bizkaia), inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia al Tomo 5248, Libro de Sociedades, Folio 49, Hoja BI-59291, y con Número de Identificación Fiscal B-95661542; y (ii) AIC START, S.L.U., sociedad de responsabilidad limitada unipersonal, con domicilio en Parque Empresarial Boroa Parcela 2 - AIC, Amorebieta (Bizkaia), inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia al Tomo 5235, Folio 213, Hoja BI 59169, y con Número de Identificación Fiscal B-95661559; ha acordado con fecha 30 de junio de 2016 la fusión por absorción de AIC START, S.L.U. por parte de AIC SCOPE S.L.U.; con disolución sin liquidación de AIC START, S.L.U. y el traspaso en bloque de su patrimonio en favor de AIC SCOPE, S.L.U., sociedad absorbente, como sucesora universal, comprendiendo todos los elementos que integran el activo y el pasivo de AIC START, S.L.U., quedando la sociedad absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, todo ello de acuerdo con el proyecto común de fusión depositado en el Registro Mercantil de Bizkaia con fecha 24 de junio de 2016.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de AIC SCOPE, S.L.U. y de AIC START, S.L.U., de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión.

Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de AIC SCOPE, S.L.U.. y de AIC START, S.L.U., en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Amorebieta (Bizkaia), 1 de julio de 2016.- D.ª Inés Anitua Iriarte, como representante persona física de Fundación AIC Automotive Intelligence Center Fundazioa, Administrador único de de AIC START S.L.U. y AIC SCOPE, S.L.U., respectivamente.

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