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Documento BORME-C-2016-7235

CARBURES EUROPE, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
CARBURES MOBILITY, S.A.U. -ANTES CARBURES GROUP INTERNATIONAL, S.A.U.- CARBURES AEROSPACE & DEFENSE GLOBAL, S.A.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 8416 a 8416 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-7235

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión al artículo 73.1 LME, se hace público que, con fecha 29 de junio de 2016, la Junta General de Accionistas de Carbures Europe, S.A. ("Sociedad Segregada"), en segunda convocatoria, y el socio único de Carbures Mobility, S.A.U. (antes Carbures Group International, S.A.U.) y de Carbures Aerospace & Defense Global, S.A.U. ("Sociedades Beneficiarias") han aprobado la segregación de las dos ramas de actividad de la Sociedad Segregada, aeronáutica y automoción, a favor de las Sociedades Beneficiarias en los términos establecidos en el Proyecto Común de Segregación formulado por los Órganos de Administración de todas las sociedades intervinientes en la operación.

La segregación acordada comportará el traspaso en bloque por sucesión universal de las dos partes del patrimonio de la Sociedad Segregada, cada una de las cuales forma una unidad económica, a las dos sociedades filiales beneficiarias íntegramente participadas por la sociedad segregada Carbures Europe, S.A., sociedades que quedarán subrogadas en cuantos derechos y obligaciones integran las dos unidades económicas, traspasando en bloque, con el carácter de universal, la totalidad de elementos patrimoniales que integran el activo y el pasivo de cada rama de actividad -a favor de Carbures Aerospace & Defense Global, S.A.U. los de la rama aeronáutica y a favor de Carbures Mobility, S.A.U. (antes Carbures Group International, S.A.U.) los de automoción- sociedades beneficiaras que adquirirán a título universal, los referidos elementos patrimoniales, subrogándose en cuantos derechos y obligaciones procedan de la Sociedad Segregada, sin reserva, ni limitación, conforme a la ley.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la segregación a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de segregación, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de cada una de las sociedades y en la página web corporativa www.carbures.com, así como el derecho de los acreedores y de los obligacionistas a oponerse a la segregación en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

El Puerto de Santa María (Cádiz), 11 de julio de 2016.- Roberto Rey Perales, Consejero Delegado de Carbures Europe, S.A.; Tomás Rodríguez Peñamaría, persona física representante designada por Carbures Europe, S.A., sociedad Administradora Única de Carbures Mobility, S.A.U. (antes Carbures Group International, S.A.U.) y Francisco Javier Moreno Jiménez, persona física representante designada también por Carbures Europe, S.A., sociedad Administradora Única de Carbures Aerospace & Defense Global, S.A.U.

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