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Documento BORME-C-2016-7225

ALDESA CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALDESA TURISMO, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
ALDESA TURISMO MÉJICO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 8406 a 8406 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-7225

TEXTO

Anuncio de Fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de diciembre, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) y demás disposiciones concordantes se hace pública, mediante acuerdo de Junta General Extraordinaria de Aldesa Construcciones, S.A. y de las Decisiones del Socio Único constituido en Junta General Extraordinaria tanto de Aldesa Turismo, S.A.U. como de Aldesa Turismo Méjico, S.L., celebradas todas ellas el 8 de julio de 2016, la aprobación de la fusión por absorción por parte de Aldesa Construcciones, S.A. (Sociedad Absorbente) de las sociedades Aldesa Turismo, S.A.U. y Aldesa Turismo Méjico, S.L. (Sociedades Absorbidas), siendo los balances de fusión de todas las sociedades intervinientes los cerrados a 31 de diciembre de 2015.

La referida operación se ha proyectado sobre el Proyecto de Fusión de fecha 30 de junio de 2016 firmado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes en la fusión, y que ha sido objeto de aprobación unánime por las Juntas Generales de 8 de julio de 2016.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la LME, al haberse adoptado por Junta Universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto de todas las sociedades intervinientes en la fusión.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores que son parte en la operación de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión. Asimismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión, podrán oponerse a la misma, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 LME.

Madrid, 8 de julio de 2016.- Doña Isabel Fernández Ruiz en virtud de su cargo como Secretario no Consejero en Aldesa Construcciones, S.A., Don Alejandro Fernández Ruiz y Doña Matilde Fernández Ruiz como Administradores Solidarios de Aldesa Turismo, S.A. y Don Alejandro Fernández Ruiz como Administrador Único de Aldesa Turismo Méjico, S.L.

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