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Documento BORME-C-2016-716

LAMINADOS Y TUBOS APARICIO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 31, páginas 815 a 815 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-716

TEXTO

De conformidad con la delegación de facultades efectuada en la Junta General Ordinaria de accionistas de la sociedad celebrada en el domicilio social en fecha 18 de junio de 2015, al amparo de lo previsto en el art. 297 b) de la Ley de Sociedades de Capital, el Administrador Único de esta compañía, ha adoptado el siguiente acuerdo:

En aras a dotar de la suficiente autonomía funcional y financiera a nuestra sociedad se acuerda efectuar una ampliación de capital por importe de noventa mil ciento ochenta euros (90.180,00 €) mediante la emisión a la par de 6.000 nuevas acciones nominativas de 15,03 € cada una, que se desembolsarán parcialmente al 25%, debiendo desembolsarse las aportaciones restantes en el momento en que lo acuerde la Junta General y en todo caso en el plazo máximo de cinco años.

Cada socio tendrá derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posea, concediéndose a los socios la posibilidad de acudir a la misma desembolsando la parte correspondiente a su proporción en el capital social mediante el ingreso en la cuenta corriente que la sociedad mantiene abierta en el Banco de Sabadell, Agencia Polígono Industrial del Besos, sita en la C/ Caracas, 29, CP 08030 Barcelona y que se facilitará personalmente los socios interesados, y ello en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente acuerdo.

Transcurrido el citado plazo si alguno de los socios no hubiera concurrido a la suscripción de la ampliación se concederá a los restantes la posibilidad de suscribir las acciones no suscritas durante el plazo de los quince días siguientes a la fecha de término del primer periodo de suscripción.

Si existieren varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la sociedad.

La ampliación de capital se llevará a cabo en todo caso de forma parcial, es decir si el aumento del capital social no se llega desembolsar íntegramente dentro del plazo fijado al efecto en la Junta, el capital quedará aumentado en la cuantía efectivamente suscrita, con su correspondiente desembolso parcial.

En consecuencia, tras la suscripción, se modificará el artículo cinco de los estatutos sociales para acomodarlo a la nueva cifra de capital.

Algete, 12 de febrero de 2016.- El Administrador único. Fdo.: D. Rafael Velasco Rodrigo.

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