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Documento BORME-C-2016-5944

MOQUENGUI, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 104, páginas 6970 a 6970 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2016-5944

TEXTO

Los Administradores solidarios de Moquengui, S.A., en relación a la Junta General Ordinaria, que se celebrará en Selva, en los despachos parroquiales de la Iglesia de San Lorenzo de Selva, sita en Calle de la Iglesia s/n, el próximo día 24 de junio de 2016, a las 17:00 h., en primera convocatoria, o, en su caso, a las 18:00, en el mismo lugar y hora en segunda convocatoria, comunican que ha sido solicitado un Complemento de Convocatoria que por la presente pasan a publicar, completando el Orden del día iniciar con los siguientes puntos:

Séptimo.-Propuesta de que por los administradores convoquen Junta General a los efectos de proceder a aprobar los puntos de los órdenes del día propuestos y aprobados mediante las Juntas Generales llevadas a cabo en Madrid en fechas 11 de junio 2014 y 30 de junio de 2015, correspondientes a los ejercicios 2013 y 2014 respectivamente, como consecuencia de haberse anulado judicialmente el acuerdo de traslado del domicilio social a Madrid mediante sentencia firme de fecha 31 de julio de 2015 dictada por la Sala 5" de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.

Octavo.-Propuesta de exigencia de responsabilidades por parte de la sociedad contra los administradores y accionistas que votaron a favor, por los gastos judiciales, gastos por abogado y procurador ocasionados a la sociedad en el juicio ordinario 769/2013 seguidos ante el Juzgado de de lo Mercantil numero 1 de esta ciudad y en el rollo de apelación numero 255/2015 seguido ante la Sección 5' de la Audiencia Provincial de Palma, la cual mediante sentencia de fecha 31 de julio de 2015 anuló el acuerdo adoptado en el punto 4° del orden del día por el que se aprobaba el traslado de domicilio a Madrid en Junta General celebrada en fecha 27 de junio de 2013, y por el otorgamiento notarial de la escritura correspondiente y gastos regístrales ante los Registros Mercantiles de Baleares y Madrid, y cualquier otro perjuicio causado.

Noveno.- Ratificar el acuerdo adoptado en su día de finalizar la construcción de la edificación en la parcela segregada de Can Cusseta, a tenor del proyecto redactado por el Arquitecto Don Juan Cotoner Cerdá y en base al cual se otorgó por el Ayuntamiento de Selva la correspondiente licencias de obras.

Madrid, 25 de mayo de 2016.- El administrador solidario, Don Carlos Fuster González de la Riva.

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