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Documento BORME-C-2016-5193

FAMER, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FAMER DOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 6070 a 6070 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-5193

TEXTO

Se hace público que las Juntas Generales universales de socios de "Famer, S.L." y "Famer Dos, S.L.", aprobaron, por unanimidad, en fecha 17 de mayo de 2016 la fusión de las dos sociedades mediante la absorción por la primera de la segunda, mediante transmisión a título universal del patrimonio a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, con la ampliación del capital social de la sociedad absorbente en la cifra correspondiente, todo ello con modificación de los artículos correspondientes de los estatutos sociales, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los miembros de los respectivos órganos de administración de las sociedades intervinientes, no habiendo sido objeto de publicación por haberse adoptado el acuerdo de fusión de forma unánime en las juntas universales de ambas sociedades.

A fin de entregar a los socios de la sociedad absorbida participaciones de la sociedad absorbente, y en compensación al patrimonio aportado a la misma, se amplía el capital de la sociedad absorbente en la cifra correspondiente.

La absorción se aprobó en base al Proyecto Común de Fusión de 17 de mayo de 2016, tomando como balances de fusión los cerrados a fecha 31 de diciembre de 2015.

La fecha a partir de la cual las operaciones de "Famer Dos, S.L." (Sociedad absorbida) se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad a la que traspasa su patrimonio, "Famer, S.L." (Sociedad absorbente) será el día 1 de enero de 2016. No se conceden derechos ni ventajas de ningún tipo a los administradores de las sociedades, ni para ningún tipo de socios.

Igualmente, de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se pone en conocimiento de todos los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 del propio texto legal, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 17 de mayo de 2016.- D. Francesc Mercade Durá, Administrador solidario de Famer, S.L. y D. Francisco Mercade Bosch, Administrador único de Famer Dos, S.L.

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