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Documento BORME-C-2016-513

CANTERAS Y HORMIGONES QUINTANA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TRANSPORTES CÁNTABROS DE CEMENTO PORTLAND, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 24, páginas 568 a 568 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-513

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Canteras y Hormigones Quintana, Sociedad Anónima, como socio único de Transportes Cántabros de Cemento Portland, Sociedad Limitada Unipersonal, celebrada el 28 de enero de 2016, aprobó la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción por parte de Canteras y Hormigones Quintana, Sociedad Anónima, de Transportes Cántabros de Cemento Portland, Sociedad Limitada Unipersonal, sin aumento de capital y mediante la transmisión a título universal del patrimonio a la Sociedad Absorbente y disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, todo ello conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes.

El proyecto de fusión se depositó en el Registro Mercantil de Cantabria con fecha de entrada 02/12/2015, inscribiéndose en el mismo el día 04/12/2015 y publicándose tal depósito en el BORME de fecha 11/12/2015.

Se aprobó por unanimidad, como balance de fusión para ambas Sociedades, los balances aprobados por sus respectivas Juntas Universales celebradas en la indicada fecha de 28 de enero de 2016. La fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente, será a partir del 1 de enero de 2015.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión, a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión por absorción, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la última publicación del anuncio de fusión.

Bárcena de Cicero, 29 de enero de 2016.- El Administrador Solidario.

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