Está Vd. en

Documento BORME-C-2016-2714

ADVENTUM 2000, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 81, páginas 3182 a 3183 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2016-2714

TEXTO

Anuncio de reducción del capital social y transformación en sociedad de responsabilidad limitada.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y 14.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 30 de noviembre de 2015, la junta general de accionistas de la sociedad "Adventum 2000, Sociedad Anónima" acordó, entre otros asuntos, la reducción del capital social de la compañía y simultánea transformación de sociedad anónima en sociedad de responsabilidad limitada, y consiguiente modificación de los estatutos sociales.

Así, se acordó la reducción del capital social, fijado hasta el momento en sesenta mil doscientos (60.200) euros y dividido en seis mil veinte (6.020) acciones nominativas de diez (10) euros de valor nominal cada una de ellas, desembolsadas al 35,145648 por ciento, en el importe total de cincuenta y dos mil trescientos setenta y cuatro (52.374) euros, parte con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas, parte con la finalidad de condonar la obligación de los accionistas de realizar las aportaciones pendientes, de conformidad con lo que se establece a continuación:

· Con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio contable disminuido por pérdidas, se acuerda disminuir el capital social en la cuantía de trece mil trescientos treinta y un euros y sesenta y ocho céntimos (13.331,68), mediante la reducción del valor nominal de cada una de las seis mil veinte (6.020) acciones sociales en la suma de 2,214565 euros, todo ello, sobre la base de un Balance de situación cerrado a 30 de septiembre de 2015, debidamente aprobado por la junta general de accionistas anteriormente referenciada y verificado por el Auditor de Cuentas D. Raúl Zurrón Cifuentes, nombrado al efecto por el órgano de administración de la sociedad.

· Con la finalidad de condonar la obligación de los accionistas de realizar las aportaciones pendientes (dividendos pasivos pendientes de desembolso), se acuerda reducir el capital social en la suma de treinta y nueve mil cuarenta y dos euros y treinta y dos céntimos (39.042,32), mediante la reducción del valor nominal de cada una de las seis mil veinte (6.020) acciones sociales en la suma de 6,485435 euros, coincidente con el importe pendiente de aportación por los accionistas.

La nueva cifra del capital social de la compañía se fija en siete mil ochocientos veintiséis (7.826) euros, dividido y representado por seis mil veinte (6.020) acciones nominativas, de un euro y treinta céntimos (1,30) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 6.020, ambos inclusive.

En relación con el derecho de oposición de acreedores y el plazo de ejecución del acuerdo de reducción de capital por importe de cincuenta y dos mil trescientos setenta y cuatro (52.374) euros, aunque cuando en el caso de la reducción de capital social con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio contable disminuido por pérdidas, de conformidad con lo dispuesto por la letra (a) del artículo 335 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores sociales no pueden oponerse a reducción del capital social y, por tanto, no existiendo derecho de oposición de los acreedores la ejecución es inmediata, en la medida en que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 334 y 336 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, como parte de la reducción del capital social tiene como finalidad la condonación de la obligación de realizar las aportaciones pendientes, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos tendrán el derecho de oponerse a la reducción en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social.

Por tanto, el plazo de ejecución de la reducción se establece en un máximo de seis meses desde la adopción de los acuerdos por los accionistas, para elevar a público los mismos y la presentación en el Registro Mercantil de Zamora de la correspondiente escritura pública para su inscripción.

Asimismo, de conformidad con el artículo 14.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con carácter simultáneo al antedicho acuerdo de reducción del capital social, la junta general de accionistas de la sociedad anteriormente indicada, adoptó el acuerdo relativo a la transformación de la Sociedad en sociedad de responsabilidad limitada, con efectos desde la inscripción del acuerdo en el Registro Mercantil, y sobre la base del Balance de la Sociedad cerrado a 30 de noviembre de 2015 aprobado por dicha Junta General de Accionistas. Por consiguiente, su denominación será en lo sucesivo "Adventum 2000, Sociedad Limitada". Igualmente, se aprobó la nueva redacción de Estatutos Sociales de la compañía.

Zamora, 7 de abril de 2016.- D. Aurelio Ramón Pérez Vaquero, Administrador Único de "Adventum 2000, Sociedad Anónima" (denominada "Adventum 2000, Sociedad Limitada" en virtud de los acuerdos adoptados en la junta general de accionistas referida).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid