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Documento BORME-C-2016-2500

EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS LA MONCLOA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AGROPECUARIA LA SERNA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 78, páginas 2947 a 2947 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-2500

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en los sucesivo "LME") se hace público que los socios de las sociedades AGROPECUARIA LA SERNA, S.L. (sociedad absorbida), y EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS LA MONCLOA, S.L. (sociedad absorbente), ejerciendo las competencias de la Junta General, han adoptado ambas sociedades con fecha 14 de Abril de 2015, la decisión de aprobar la fusión por absorción de AGROPECUARIA LA SERNA, S.L., por parte de EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS LA MONCLOA, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de Octubre de 2015.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 12 de Abril de 2016, habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de cada una de las sociedades participantes en la fusión, con votación separada de los acuerdos de conformidad con el artículo 197 bis de la Ley de Sociedades de Capital, y en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la LME.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo en el artículo 44 LME.

Toledo, 15 de abril de 2016.- D. Rufino David y D. David García-Quirós García, Consejeros Delegados Mancomunados de "Explotaciones Agropecuarias la Moncloa, S.L." y "Agropecuaria la Serna, S.L.".

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