Está Vd. en

Documento BORME-C-2016-2374

INSTITUTO TÉCNICO ORTOPÉDICO, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ORTOPÈDIC BCN, SOCIEDAD LIMITADA
INSTITUT TÈCNIC ORTOPÈDIC SABADELL, SOCIEDAD LIMITADA
INSTITUT TÈCNIC ORTOPÈDIC GRANOLLERS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 76, páginas 2814 a 2815 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-2374

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el Socio Único de la mercantil INSTITUTO TÉCNICO ORTOPÉDICO, Sociedad Anónima, en fecha 7 de marzo de 2016, aprobó la fusión por absorción entre las sociedades INSTITUTO TÉCNICO ORTOPÉDICO, Sociedad Anónima, ORTOPÈDIC BCN, Sociedad Limitada, INSTITUT TÈCNIC ORTOPÈDIC SABADELL, Sociedad Limitada e INSTITUT TÈCNIC ORTOPÈDIC GRANOLLERS, Sociedad Limitada, lo que tendrá lugar mediante la absorción de las tres últimas por la primera, con disolución y extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas, adquiriendo la sociedad absorbente, mediante el traspaso en bloque a título universal, todo el patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, conforme el Proyecto de Fusión conjunto suscrito por las sociedades participantes en la fusión, de fecha 29 de diciembre de 2015, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, en fecha 10 de febrero de 2016, e inscrito por nota al margen, en fecha 16 de febrero de 2016.

Al estar las sociedades participantes en la fusión íntegramente participadas, de forma directa, por el mismo socio único en cuanto a su composición accionarial, la mercantil ORTODIAGONAL, S.L., no se produce canje de participaciones sociales ni aumento de capital social, ni es necesaria la elaboración de los informes por los administradores, ni por los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, así como tampoco resulta necesaria la aprobación de la fusión por las Juntas Generales de las Sociedades absorbidas, según lo establecido en el artículo 49 de la Ley de Modificaciones Estructurales, aplicable en virtud del artículo 52 de la citada Ley. La fusión tendrá como consecuencia la extinción de todas las participaciones sociales de las sociedades absorbidas.

A tal efecto se informa que se han tomado como Balances de Fusión de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas los cerrados a 30 de septiembre de 2015, aprobados previamente por la Junta General de la Sociedad absorbente, y teniendo la fusión efectos contables desde el día 1 de enero de 2016.

No existen clases de acciones, ni aportaciones de industria o prestaciones accesorias, ni derechos especiales distintos de las participaciones en la sociedad absorbente y en las sociedades absorbidas, ni se atribuyen ventajas a favor de los Administradores de ninguna de dichas sociedades, ni a los expertos independientes.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las Compañías.

Los acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas tienen derecho a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles.

Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas todos los documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Barcelona, 11 de abril de 2016.- Doña Rosa María Cohí Rafel, Administradora única.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid