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Documento BORME-C-2016-18

AKM REAL ESTATE II, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 1, páginas 20 a 20 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-18

TEXTO

La Junta General Extraordinaria celebrada el pasado 18 de diciembre de 2015, con la presencia de accionistas, bien en su propio nombre o mediante representación debidamente acreditada, representantes del 51,40 % del capital social suscrito, aprobó, por unanimidad la siguiente reducción de capital social.

De conformidad con el informe emitido por los administradores mancomunados de la sociedad, y a fin y efecto de que las necesidades de inversión a corto plazo de la sociedad AKM Real Estate II, S.A., no precisan del capital social suscrito se aprobó, por unanimidad, una reducción de capital social, proporcional, por importe de 2.250.000 euros; pasando el capital social desde la cifra de 25.000.000 euros a la cifra de 22.750.000 euros; todo ello mediante la reducción del valor nominal por acción, que ha pasado de ser de 1 euro por acción a 0,91 euros por acción.

Como consecuencia de la indicada reducción de capital social, se acordó por unanimidad modificar el artículo 6.º de los Estatutos Sociales, cuya modificación única y exclusivamente se fija para ajustar en contenido a la realidad actual del capital social en los términos siguientes:

"Artículo 6.º El capital social es de veintidós millones setecientos cincuenta mil euros (22.750.000 euros), dividido en veinticinco millones (25.000.000) acciones nominativas, de valor nominal cero euros con noventa y un céntimos de euro (0,91 euros) por acción, totalmente suscritas y desembolsadas en un 84,97 %, y numeradas correlativamente del 1 al 25.000.000, ambos inclusive, representadas por medio de títulos nominativos, que podrán ser unitarios o múltiples.

Los desembolsos pendientes se efectuarán en metálico dentro de los cinco (5) años siguientes a la fecha de constitución de la Sociedad y serán exigidos por el órgano de administración de la Sociedad en una o varias veces, con los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital."

Esto se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 23 de diciembre de 2015.- Don Xavier González Dolz, AKM Gestión Inmobiliaria X, S.A. Don Fernando-Honorino Estévez Olleros, Andprivate Consulting, S.L. Administradores mancomunados.

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