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Documento BORME-C-2016-1116

NEW AGE INVESTMENT, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
TORRE DE ABRAHAM, S.L.
DELAVIUDA CONFECTIONERY GROUP, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 46, páginas 1290 a 1290 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-1116

TEXTO

Escisión Total

Se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de TORRE DE ABRAHAM, S.L., y DELAVIUDA CONFECTIONERY GROUP, S.L.U., sociedades beneficiarias de la escisión, celebradas ambas con fecha 6 de febrero de 2016, adoptaron por unanimidad los acuerdos de Escisión Total de la Sociedad NEW AGE INVESTMENT, S.L.U., traspasando en bloque por sucesión universal su patrimonio, a las Sociedades TORRE DE ABRAHAM, S.L., y a la Sociedad DELAVIUDA CONFECTIONERY GROUP, S.L.U..

Son de aplicación a la presente Escisión Total por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009, los artículos 42, 49 y 52 de la referida Ley, no siendo necesarios el Informe de los Administradores sobre el Proyecto de Escisión, ni el Informe de expertos independiente.

El acuerdo de Escisión Total de las entidades NEW AGE INVESTMENT, S.L.U. (sociedad escindida), TORRE DE ABRAHAM, S.L., y DELAVIUDA CONFECTIONERY GROUP, S.L.U. (sociedades beneficiarias de la escisión), ha tenido como base el proyecto de Escisión Total suscrito el 30 de diciembre de 2015 por el órgano de administración de las sociedades participantes de la escisión, cuyo depósito en el Registro Mercantil de Madrid no ha sido necesario en aplicación del artículo 42 de la Ley 3/2009, y se ajusta al mismo.

Se anuncia el derecho que asiste a los socios de las sociedades participantes de la Escisión y a sus acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del balance de escisión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de dichas sociedades, de oponerse a la escisión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Igualmente, se hace constar el derecho, que corresponde a los representantes de los trabajadores y trabajadores y a los socios de la sociedades participantes de la escisión, de examinar en el domicilio social, copia los documentos de la escisión a que hace referencia el artículo 39 de la Ley 3/2009, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.

Madrid, 6 de febrero de 2016.- D. Manuel López Donaire en calidad de: como Consejero delegado único de Torre de Abraham, S.L. (sociedad beneficiaria de la escisión); como Administrador solidario de Delaviuda Confectionery Group, S.L.U. (sociedad beneficiaria de la escisión), y como representante persona física de Torre de Abraham, S.L., esta a su vez Administradora única de New Age Investment, S.L.U. (sociedad escindida).

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