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Documento BORME-C-2016-11076

BRÚJULA TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN,
SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 240, páginas 12807 a 12807 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-11076

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Universal de esta sociedad, celebrada el día 22 de noviembre de 2016 en el domicilio social, acordó reducir el capital social en 3.100,00 euros mediante la amortización de la totalidad de las acciones que se encuentran en autocartera, esto es, 31 acciones ordinarias y al portador, de 100,00 euros de valor nominal cada una de ellas, números 778 al 796, 1071 al 1075 y 1386 al 1392, todos ellos inclusive, íntegramente suscritas y desembolsadas y pertenecientes a la misma clase y serie. Asimismo, se acordó la renumeración de las acciones con el fin de numerar correlativamente las que subsistan. Con esta reducción de capital, el capital social queda cifrado en 148.900,00 euros representado en 1.489 acciones ordinarias al portador de la misma clase y de serie única, de 100,00 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del uno al 1.489, ambos inclusive.

La reducción de capital por amortización de acciones propias se realiza con cargo a reservas voluntarias, anulándose, en el importe correspondiente al valor de adquisición de las acciones propias, la reserva indisponible a que se refiere el artículo 148 c) de la vigente Ley de Sociedades de Capital, que se constituyó en su momento, cuando se adquirieron las acciones propias. La reducción por amortización de acciones propias no entraña devolución de aportaciones a los accionistas por ser la propia sociedad la titular de las acciones amortizadas, siendo, por tanto, la finalidad de la reducción únicamente la amortización de tales acciones propias.

La reducción deberá quedar ejecutada, una vez cumplidos los requisitos legales establecidos al efecto, dentro del plazo máximo de cuatro meses a contar desde la fecha de la adopción del acuerdo social.

Todo lo anterior se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Palma de Mallorca, 14 de diciembre de 2016.- Jose Luís Vidal Planas, Presidente del Consejo de Administración.

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