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Documento BORME-C-2016-10944

MEGALAB, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 234, páginas 12666 a 12666 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2016-10944

TEXTO

SUSTITUCIÓN DE TÍTULOS

MEGALAB, S.A. con NIF A78873973 con domicilio social en la calle Alfonso XII, número 42, de Madrid; inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 4.321, folio 107, hoja M-71.699.

De conformidad con el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que con fecha 22 de noviembre de 2016 el Accionista Único de Megalab, S.A. (la "Sociedad") ha decidido llevar a cabo: (i) la conversión de la totalidad de las acciones al portador representativas del 100% del capital social de la Sociedad en acciones nominativas; (ii) la posterior anulación de los títulos al portador actualmente existentes; (iii) la simultánea emisión de nuevos títulos nominativos representativos de las 45.000 acciones nominativas; y (iv) la consiguiente modificación de los artículos 5.º y 6.º de los estatutos sociales.

Por ello, se pone en conocimiento de todos los accionistas de que se va a proceder al canje de las acciones al portador actualmente emitidas por otras acciones nominativas a emitir de conformidad a la mencionada decisión adoptada por el accionista único de la Sociedad. De esta forma, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio, los accionistas podrán presentar en el domicilio social de la Sociedad sito en Madrid, Alfonso XII, 42, las acciones al portador de las que sean titulares para su canje.

Transcurrido dicho plazo, se procederá a la anulación de las acciones al portador que no se hayan presentado al canje. Los títulos anulados serán sustituidos por otros, cuya emisión se anunciará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, y en el diario en el que se hubiera producido el anuncio del canje, y que quedarán depositados por cuenta de quien justifique su titularidad en el domicilio indicado.

Transcurridos tres años desde el día de la constitución del depósito, los títulos emitidos en lugar de los anulados podrán ser vendidos por la sociedad por cuenta y riesgo de los interesados, con la intervención de Notario. El importe líquido de la venta de los títulos será depositado a disposición de los interesados en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos.

Madrid, 22 de noviembre de 2016.- D. Daniel Fernández en su condición de Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad.

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