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Documento BORME-C-2016-10549

DEHESA NORTE, S.L.U.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
AGROPECUARIA ISLA MAYOR, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 12224 a 12224 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10549

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que el Socio Único de la sociedad DEHESA NORTE, S.L.U. (Sociedad Escindida), la entidad INSTITUTO HISPÁNICO DEL ARROZ, S.A., en fecha 23 de noviembre de 2016, ha decidido aprobar la escisión parcial de la referida sociedad, a favor de una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación, con denominación AGROPECUARIA ISLA MAYOR, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria), con domicilio en Madrid, que implica el traspaso en bloque y a título de sucesión universal de una parte de su patrimonio, constitutivo de una unidad económica autónoma, afecta a la actividad de explotación ganadera y cultivos forrajeros y de pastos.

La Sociedad Beneficiaria se subroga en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido parcialmente. Con arreglo al acuerdo adoptado, las participaciones sociales de AGROPECUARIA ISLA MAYOR, S.L.U. se atribuirán en su totalidad al socio único de DEHESA NORTE, S.L.U.

Como consecuencia de la escisión parcial, la Sociedad Escindida reduce sus reservas de libre disposición, no resultando necesaria la reducción del capital social de DEHESA NORTE, S.L.U. por realizarse la escisión parcial únicamente a cargo de reservas de libre disposición.

La escisión ha sido acordada por el procedimiento simplificado que se recoge en el artículo 78 bis de la LME en relación con el artículo 42, sin informe de administradores, sin el informe de expertos independientes y sin balance de escisión, y de acuerdo con el Proyecto de Escisión parcial, en el cual figuran relacionados los activos y pasivos que componen la unidad económica transmitida a la Sociedad Beneficiaria.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades citadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del proyecto de escisión de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, así como el derecho de oposición, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de escisión. Igualmente, se hace constar la puesta a disposición de los socios y trabajadores de los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la LME.

Madrid, 23 de noviembre de 2016.- Instituto Hispánico del Arroz, S.A., Administrador y Socio Único de Dehesa Norte, S.L.U.

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