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Documento BORME-C-2016-10498

BEKA FINANCE, S.V., S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 12169 a 12169 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-10498

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el 8 de noviembre de 2016 la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de BEKA FINANCE, S.V., S.A. acordó reducir el capital social y la consiguiente modificación del artículo 5.º de los estatutos sociales.

En virtud del acuerdo primero del Acta de la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de BEKA FINANCE, S.V., S.A. y tras compensar las partidas de reserva legal y voluntarias en el importe necesario para dar debido cumplimiento al artículo 322.2 de la Ley de Sociedades de Capital, se acordó reducir el capital social en la cifra de 4.625.560,28 euros, es decir, desde los 7.787.680,45 euros hasta los 3.162.120,17 euros, mediante la disminución del valor nominal de cada una de las 247.621 acciones que componen actualmente el capital social, de los 31,45 euros por acción actuales a los 12,77 euros por acción. La finalidad de la reducción de capital es compensar las pérdidas de la Sociedad y restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido como consecuencia de las pérdidas. Tras esta reducción de capital, los resultados negativos del presente ejercicio y de ejercicios anteriores, así como las reservas voluntarias de la sociedad, quedaron reducidos a 0,00 euros. La reserva legal, por su parte, quedó reducida desde los 1.557.536,09 euros a los 315.408,57 euros. La adopción de este acuerdo afecta por igual a todas las acciones que componen el capital de la Sociedad. Por otro lado, y en virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente reducción de capital.

A los efectos de lo previsto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que el balance de la Sociedad que sirve de base a la adopción del referido acuerdo de reducción es el correspondiente a los estados financieros cerrados a 31 de agosto de 2016, verificados por el auditor de cuentas de la Sociedad en ese ejercicio, Deloitte, S.L., y que ha sido aprobado por la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la compañía. Dicho balance, junto con el informe de auditor, se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

La reducción de capital quedó ejecutada en el mismo acto de la reunión de la Junta General. Como consecuencia, en virtud del acuerdo segundo del Acta de la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de BEKA FINANCE, S.V., S.A., se acordó por unanimidad modificar el artículo quinto de los Estatutos Sociales de la Sociedad, referente al capital social.

Madrid, 15 de noviembre de 2016.- El Secretario no consejero de la Sociedad.

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