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Documento BORME-C-2016-10467

SOTOCARIBE, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 12137 a 12138 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2016-10467

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración de Sotocaribe, Sociedad Limitada, en su sesión de fecha 14 de noviembre de 2016, y de conformidad con el artículo 166 y siguientes de la vigente Ley de Sociedades de Capital en relación con el artículo 12 de los Estatutos sociales de la Sociedad, se convoca a los señores socios a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Socios que se celebrará en su domicilio social sito en calle Santa Engracia, número 120, Edificio Central, planta séptima, Madrid, el próximo día 19 de diciembre de 2016, a las doce horas en primera convocatoria y, para el caso en que, por no haberse alcanzado el quórum necesario para la adopción de acuerdos sociales en primera convocatoria, se celebrará en el mismo lugar y hora, el día 20 de diciembre de 2016 en segunda convocatoria, de conformidad con el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y, en su caso, aprobación de las Cuentas Anuales Individuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y Memoria) correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015;

Segundo.- Examen y, en su caso, aprobación de la propuesta de aplicación del resultado de las Cuentas Anuales Individuales del ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015;

Tercero.- Examen y, en su caso, aprobación de las Cuentas Anuales Consolidadas (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria) del grupo formado por Sotocaribe, Sociedad Limitada, y sus sociedades dependientes, correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015;

Cuarto.- Examen y, en su caso, aprobación del Informe de Gestión Consolidado del grupo formado por Sotocaribe, Sociedad Limitada, y sus sociedades dependientes, correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015;

Quinto.- Examen y, en su caso, aprobación de la propuesta de aplicación del resultado de las Cuentas Anuales Consolidadas del ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015;

Sexto.- Examen y, en su caso, aprobación de la gestión desarrollada por el Órgano de Administración durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015;

Séptimo.- Examen, y en su caso, aprobación del cese de un Consejero así como de su gestión social y aprobación del nombramiento de un nuevo miembro del Consejo de Administración;

Octavo.- Facultar al órgano de administración para que, de conformidad con la normativa vigente, proceda al depósito de las Cuentas Anuales Individuales y Consolidadas;

Noveno.- Facultar al órgano de administración para la formalización, ejecución e inscripción de los acuerdos sociales que en su caso se adopten por la Junta hasta dejarlos inscritos en el Registro Mercantil;

Décimo.- Ruegos y preguntas; y.

Undécimo.- Redacción, lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 272, apartado segundo, de la Ley de Sociedades de Capital así como en los estatutos sociales, a partir de la convocatoria de la junta general, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como el informe de gestión consolidado y el informe de los auditores de cuentas. Igualmente, durante ese mismo plazo el socio o los socios que representen al menos el cinco por ciento del capital social podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión de un experto contable, los documentos que sirvan de soporte y antecedente de las cuentas anuales tanto individuales como consolidadas. Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Sociedades de Capital, los socios de la sociedad podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la junta general o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. El Consejo de Administración estará obligado a proporcionárselos, en forma oral o escrita de acuerdo con el momento y la naturaleza de la información solicitada, salvo en los casos en que, a juicio del propio Consejo, la publicidad de ésta perjudique el interés social. No procederá la denegación de la información cuando la solicitud esté apoyada por socios que representen, al menos, el veinticinco por ciento del capital social. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 de la Ley de Sociedades de Capital, todos los socios tienen derecho a asistir a la Junta General. Los socios que no asistan personalmente a la Junta podrán hacerse representar por medio de otra persona, en los términos previstos en el artículo 183 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 15 de noviembre de 2016.- Don Jesús Ignacio Aranguren González-Tarrío, Presidente del Consejo de Administración.

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