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Documento BORME-C-2016-10308

PUERTA DE CHILCHES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CULTISUR, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 11948 a 11948 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10308

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que las Juntas Generales y Universales de Socios de PUERTA DE CHILCHES, S.L. y CULTISUR, S.L., celebradas con fecha 14 de noviembre de 2016, aprobaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de CULTISUR, S.L. por PUERTA DE CHILCHES, S.L., con disolución sin liquidación de aquella y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión fue adoptado conforme al Proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes con fecha 11 de noviembre de 2016, con aprobación de los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de octubre de 2016. La sociedad absorbente acordó la ampliación de su capital social para atender al canje de las participaciones sociales de las sociedades absorbidas. No se efectúa modificación alguna del órgano de administración de la sociedad absorbente ni se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de las sociedades ni derechos para ningún tipo de socios.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en cada una de las sociedades intervinientes en Junta Universal y por unanimidad de todos sus socios, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto integro de los acuerdos de fusión y del balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la LME.

Almería, 14 de noviembre de 2016.- Por Puerta de Chilches, S.L., los Administradores, José Miguel Carreño Vázquez, Alicia Carreño Vázquez y Joaquín Vázquez Imberlón.- Por Cultisur, S.L., los Administradores, José Miguel Carreño Vázquez, Alicia Carreño Vázquez y Joaquín Vázquez Imberlón.

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