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Documento BORME-C-2016-10031

NAYPER MOTOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SEGRILOG, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 11626 a 11626 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10031

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hacen públicas las decisiones del accionista único de "NAYPER MOTOR, SOCIEDAD ANÓNIMA", sociedad unipersonal, y del socio único de "SEGRILOG, SOCIEDAD LIMITADA", sociedad unipersonal, todas de fecha 30 de junio de 2016, de llevar a cabo la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de esta última por parte de la primera, conforme a los términos y condiciones recogidos en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes, teniendo el carácter de fusión por absorción inversa, por cuanto la sociedad absorbente está íntegramente participada por la sociedad absorbida.

Como Balances de fusión se aprobaron, en ambos casos, los cerrados a 31 de diciembre de 2015, siendo la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente la del 1 de enero de 2016.

Se hace constar de modo expreso el derecho de los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. De igual manera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los correspondientes acuerdos, en los términos que resultan del citado precepto.

Lleida, 9 de noviembre de 2016.- Nayox 2000, S.L., como administradora única de Nayper Motor, S.A., y de Segrilog, S.L. firmado físicamente por José María Perera Dalmau, Consejero Delegado.

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