Se hace público que, con fecha 25 de septiembre de 2015, en sus respectivos domicilios sociales, el socio único de las sociedades Aislantes Sólidos, S.L.U., y de Deridelpol, S.L.U., aprobó, al amparo de lo dispuesto en los artículos 42, 49 y 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción por Aislantes Sólidos, S.L.U., de Deridelpol, S.L.U., y su disolución sin liquidación, mediante el traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la Sociedad Absorbente.
Se hace constar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la mencionada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.
Amorebieta-Etxano, 25 de septiembre de 2015.- El Administrador único de Aislantes Sólidos, S.L.U., y de Deridelpol, S.L.U., don Fernando Zabalgogeazcoa Burgos, como representante persona física de Widewall Seed, S.L.U.
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