Se hace público que el accionista único de "Renovalia Ingeniería EPC, S.A.U.", ejerciendo las competencias de la Junta General de Accionistas de la citada sociedad, mediante decisión de fecha 20 de febrero de 2015, aprobó la escisión parcial (bajo la modalidad de segregación) de "Renovalia Ingeniería EPC, S.A.U.", que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social, el cual forma una unidad económica independiente, a favor de la sociedad de nueva creación denominada "Energías renovables y mecanizaciones manchegas, S.L.", quien adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio escindido, en los términos y condiciones previstos en el proyecto de escisión suscrito por el órgano de administración de la sociedad escindida.
Se hace constar el derecho que asiste al accionista y a los acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro de la decisión adoptada, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores dentro del plazo del artículo 44 de la Ley 3/2009, y el derecho de información que asiste a los representantes de los trabajadores.
Villarrobledo (Albacete), 20 de febrero de 2015.- Doña María del Pilar Gil Acacio, Secretaria no consejera de Renovalia Ingeniería EPC, S.A.U.
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